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Vista buena
Abogado
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EL ARRENDATARIO |
Yo................................................................ , de
nacionalidad............................, mayor de edad, casado, de este domicilio,
titular de la cédula de identidad N°......................, y/o
pasaporte.................................................emitido
en.............................país de la nacionalidad,
...............................actuando en representación
de.........................................................................................,
empresa domiciliada (entidad estatal, embajada,
etc.) en la ciudad
de....................................................................e
inscrita en el Registro Mercantil de la
Circunscripción................................. posteriormente modificado
su Documento Constitutivo-Estatuario, en reiteradas oportunidades,
habiéndose fusionado en un solo texto todas las modificaciones hechas,
según consta de asiento inscrito en el citado Registro en fecha...........,
Tomo.................., en lo adelante denominada..................de
fecha.................., registrada según consta en documento debidamente
Registrado por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción
Judicial del ............................el......................, bajo el
N° ............., tomo N°.............., y que para los efectos de este
contrato se denominara EL ARRENDATARIO, por una parte. y por el otro
la Empresa
GRUPO HEDI
ENGHELBERG, C.A.
(GHE),
empresa domiciliada en Caracas, inscrita por ante el Registro Mercantil de
la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 5 de
Enero 1995, Bajo el N° 13, Tomo N° 13, Tomo N°3-A Pro, quien para los
efectos de este contrato se denominara EL ARRENDADOR.
Por medio
del presente documento han convenido en lo siguiente: EL ARRENDATARIO,
garantiza a EL ARRENDADOR, que todos los equipos que han sido
entregados, según el presupuesto aprobado, en este acto por EL ARRENDATARIO
y se encuentran en perfecto/buen estado, por lo que por cualquier daño, deterioro o pérdida
atribuido a dolo por negligencia, culpa bajo cualquier circunstancia,
que sufran los equipos y sistemas de computación arrendados a EL ARRENDATARIO, según
consta de factura pro forma/
nota de entrega N°.............de fecha ..................,
por el valor de ....................................deberá indemnizar a
EL
ARRENDADOR , en caso de ocurrir
los supuestos mencionados con el valor de dichos equipos hasta por un máximo
de Bs..................................,
cantidad especificada en el presupuesto y que deberá ser presentada antes de
le fecha del alquiler, junto con la orden de compra + el pago del alquiler,
en un cheque de gerencia y/o garantía bancaria, y/o garantía/fianza de una
compañía de seguros reconocida y/o bonos de la republica, y/o garantías
personales, y/o cualquier instrumento valido y legal. Cualquier daño que se
encontrara en los equipos alquilados, después de su devolución, serán
cobrados a
EL
ARRENDADOR al precio del mercado + reposición + mano de obra + impuestos.
El
alquiler esta cubierto y vigente a partir del
día .....................,
mes...........ano.........,
día en que fueron recibidos dichos equipos en la
instalaciones de mi representada, hasta el día...................,mes...........,
ano........, a
la hora........................ ,en que sean recogidos por su propietaria
(y/o cliente) de las
instalaciones de....................................................................................................................................................
Servicios adicionales que podemos ofrecer, con pago extra:
-
Consultoria informática
-
Instalación de redes,
management y optimización
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Cableado estructurado
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routers)
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/ Windows Server 2003
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redes WIFI
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CLÁUSULAS
COMPLEMENTARIAS
GENERALES
C1-
Grupo Hedi Enghelberg, C.A. y sus
representantes técnicos, debidamente identificados, operadores, técnicos,
obreros de mantenimiento y demás personal, tendrán acceso irestringuido a
los equipos alquilados.
C2- Los equipos alquilados se pueden
retirar de las instalaciones del
Arendatario (s), si aviso y sin
reclamos, si las condiciones de pagos no son respetadas, si los pagos no
están siendo hechos a tiempo si los equipos se usan para otros fines que los
mencionados en la carta de intención inicial y por cualquier causa que el
Arrendador considere validadas.
C3-
Los equipos no se pueden mudar del lugar inicial del alquiler y nadie puede
dar servio técnico a los equipos alquilados,
que el personal técnico identificado del
Arrendador.
C4-
Grupo Hedi Enghelberg, C.A.
se reserva el derecho de revisar la mercancía y los equipos que fueron
devueltos, al final del periodo de alquiler, en un periodo de 7 días hábiles
de la recepción en la oficina. Cualquier daño será levantado y cobrado al
cliente de su cheque de garantía y/o otra forma de aval presentada con el
contrato de alquiler. El cliente debe
revisar, junto con la Empresa,
el estado de los equipos devueltos al termino del contrato.
A/ MANTENIMIENTO
Y SERVICIO:
LA
ARRENDADORA, arrienda el equipo en buen estado de funcionamiento en la
ubicación establecida. EL ARRENDATARIO esta obligado a tratar el equipo de
conformidad con las instituciones del fabricante con toda diligencia y a
devolverlo en el mismo buen estado de funcionamiento en que lo recibió,
salvo el desgaste causado por el uso normal y el transcurso del tiempo. LA
ARRENDADORA tendrá a su cargo las revisiones periódicas del equipo, y a
menos que mediante una causa extraña no imputable, hará sin costo alguno
para EL ARRENDATARIO de lunes a viernes, dentro del horario normal de
trabajo de LA ARRENDADORA, los mantenimientos preventivos, ajustes y
reparaciones necesarias. Las reparaciones motivadas por cambio de piezas,
repuestos correrán por cuenta de LA ARRENDADORA, a si como los materiales de
consumo, tales como Papel y Toner, correrán por cuenta de LA ARRENDADORA .EL
ARRENDATARIO no podrá efectuar ajustes o reparaciones al equipo por si o
por medio de terceros, así como abstenerse de continuar usando el equipo al
observarle cualquier falla, debiendo notificar de inmediato a LA ARRENDADORA
de cualquier daño o desperfecto del mismo.
B/
CORRIENTE
ELÉCTRICA:
EL
ARRENDATARIO, se obliga a proveer, según las especificaciones técnicas que
le serán suministradas por LA ARRENDADORA, la corriente eléctrica adecuada
y correcta que requiere la instalación y el debido funcionamiento del equipo
objeto de este arrendamiento y a tomar medidas necesarias para el seguro
funcionamiento de la instalación eléctrica que suministra energía a la
maquina.
C/
OPERADORES
CLAVE:
EL
ARRENDATARIO, se asegura que el equipo se ponga a funcionar solo por el
personal que labore para EL ARRENDATARIO, el cual ha sido debidamente
entrenado por LA ARRENDADORA.
D/
PLAZO
PARA EL PAGO:
EL
ARRENDATARIO pagara a LA ARRENDADORA el canon de arrendamiento, conforme a
lo indicado en la cláusula 5 del contrato de Arrendamiento y dentro de los
treinta (30) días continuos siguientes, contados a partir de la fecha de
recepción de la factura, reservándose LA ARRENDADORA el derecho a cargar un
interés de mora calculado a la tasa activa máxima vigente para el momento de
vencimiento.
E/
PROHIBICIÓN
DE TRASLADAR EL EQUIPO:
EL
ARRENDATARIO, no podrá cambiar la ubicación del equipo instalado sin el
consentimiento previo y por escrito de LA ARRENDADORA. Los gastos que con
tal motivo se originen correrán por cuenta de EL ARRENDATARIO. En caso de
que EL ARRENDATARIO no se atenga a esas condiciones, LA ARRENDADORA no se
hace responsable por los daños que pueda sufrir el equipo dicho traslado.
F/
DAÑOS
AL EQUIPO:
EL ARRENDATARIO conviene en que se pagará adicionalmente por cualquier
servicio o cambio de piezas que fueren necesarios debido a accidentes,
FUERZA MAYOR,
negligencia, uso de accesorios y aditamentos distintos a los que ofrece LA
ARRENDADORA, alteraciones que se hubieran hecho
el arendadrio, sus operasdores y agentes,
a los equipos alquilados y sus
accesorios o cualquiera otras causas que, a EL ARRENDATARIO o las personas
que tuvieron acceso a los
EQUIPOS DE
COMPUTACIÓN
ALQUILADOS/ARENDADOS y
sus accesorios, fuesen imputables.
G/ CEDER
Y SUB-ARRENDAR:
El
presente Contrato, dadas las características del mismo, se considera
celebrado intuito-persona en lo que respecta a la persona de EL
ARRENDATARIO. LA ARRENDADORA no reconocerá como arrendatario a ninguna otra
persona o empresa sino a la señalada en la Cláusula primera del presente
Contrato de Arrendamiento y cualquier contravención a esta cláusula
ocasionara la terminación del presente convenio, así como los daños y
perjuicios a que hubiere lugar y los gastos judiciales o extra judiciales,
honorarios de abogados que se ocasionen con motivo de cualquier
procedimiento, bien sea originada por el incumplimiento de estas o
cualquiera otra cláusula del presente Contrato. EL ARRENDATARIO no podrá
ceder a terceros, ningún titulo el uso del equipo, ni podrá sub.-arrendarlo.
H/ ACCESO
AL EQUIPO:
LA ARRENDADORA tendrá libre acceso al equipo los días hábiles, de
lunes
a
viernes,
dentro del horario normal del trabajo de ambas partes, a los efectos del
mantenimiento o de las reparaciones del equipo y los demás controles e
inspecciones del mismo que considere conveniente.
II/
MARCAS
Y PROTECCION A TERCEROS:
EL ARRENDATARIO declara que el equipo objeto de este Contrato de
Arrendamiento se encuentra debidamente identificado con el nombre
del fabricante del
equipo respectivo y
el numero de serial que se indica en los anexos B, Cualquier modificación,
alteración, remoción en general, cualquier situación que envuelva la
dificultad o imposibilidad de identificar el equipo arrendado se considera
atribuible a EL ARRENDATARIO, quien responderá ante LA ARRENDADORA por los
daños y perjuicios que con tal motivo se ocasionen.
En caso de
terceras personas pretendan o hagan valer cualesquiera derechos sobre la
maquina arrendada o en cualquier forma ejecuten actos o hechos de despojo o
perturbación judicial, EL ARRENDATARIO se obliga expresamente a defender y
hacer valer legalmente, ante cualquier autoridad, la propiedad y posesión de
LA ARRENDADORA sobre el equipo y, además, dará aviso escrito inmediato e
indubitable a LA ARRENDADORA de esa circunstancia, pues de lo contrario, EL
ARRENDATARIO será responsable de todos los daños y perjuicios adicionales
que pudiere sufrir LA ARRENDADORA partir del momento en el cual EL
ARRENDATARIO de aviso escrito a LA ARRENDADORA de esta situación, con acuse
de recibo firmado y sellado por LA ARRENDADORA, la carga de esa defensa será
por parte de esta ultima. De igual forma, LA ARRENDADORA responderá a EL
ARRENDATARIO, por los hechos de esta naturaleza a los cuales no dio lugar EL
ARRENDATARIO.
EL
ARRENDATARIO será responsable de cualquier daño o perjuicio que se ocasione
al equipo objeto del presente convenio, bien sea por hechos del propio
ARRENDATARIO, sus dependientes y/o hechos de terceros, sea cualquiera la
causa del daño, ya que su responsabilidad cubrirá cualquier clase de riesgo,
inclusive en casos fortuitos o de fuerza mayor. EL ARRENDATARIO se obliga a
asegurar el equipo objeto de este Contrato contra todo riesgo durante la
vigencia del mismo, mediante una póliza que tenga como beneficio a LA
ARRENDADORA, HASTA POR EL MONTO que aparece en los anexos B, Renglón COSTO
TOTAL DEL EQUIPO, el cual forma parte integrante de este Contrato.
J/
CASOS
DE INCUMPLIMIENTO
La falta
de pago mensual de arrendamiento u otro incumplimiento de cualquier
estipulación de este Contrato, tendrá, como consecuencia que LA ARRENDADORA,
podrá pedir la resolución del Contrato de pleno derecho, quedando sin efecto
para el futuro, al igual que a desconectar o retirar el equipo arrendado sin
necesidad de actuación judicial al respecto y mediante simple notificación
escrita con (1) día de anticipación sin menoscabo del pago de las cantidades
que adecue EL ARRENDATARIO, de los intereses Moratorios y de los daños y
perjuicios a que hubiere lugar.
En el
supuesto caso que EL ARRENDATARIO desee rescindir del Contrato de
arrendamiento del equipo, antes del vencimiento estipulado en el mismo,
deberá manifestarlo por escrito a la arrendadora, quien procederá a
retirarlo, previo el pago de los cánones de arrendamiento, conforme a lo
establecido en los Anexos B, debidos y/o a deberse hasta la expiración
natural del referido convenio, calculados basándose en el promedio de los
últimos tres meses facturados.
K/
EXONERACIÓN
DE DAÑOS:
LA
ARRENDADORA estará exonerada de cualquier responsabilidad motivada a
desperfectos o fallas en el equipo debido al uso
normal/anormal del mismo
y fallas de los mismos, a hechos
de terceros, casos fortuitos o fuerza mayor,
y otros danos materiales y
humanos que podian cuasar el uso de los equipos alquilados.
L/
NOTIFICACIÓN:
Todas las notificaciones o avisos que LA ARRENDADORA deba o pueda dar EL
ARRENDATARIO con motivo del presente Contrato, serán entregadas en las
oficinas de EL ARRENDATARIO en el departamento de Recepción de
Documentos,
si los hubiere, y/o en la simple recepción, y bastará con la sola nota de
indicación de recibido, o mediante telegrama enviado desde una oficina
nacional de telégrafos que a todos los efectos se tendrá por recibido a los
dos (2) días de haberlo enviado a la dirección de EL ARRENDATARIO, a la
dirección de LA ARRENDADORA.
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